Pasaporte / DNI: DNI o pasaporte en vigor.
Visados: NO
La calidad de prestaciones hospitalarias es muy buena en general. Existe en todo el país una buena infraestructura de hospitales y centros clínicos.
Se recomienda la obtención de la Tarjeta Sanitaria Europea o, en su defecto, el Certificado Provisional
Sustitutorio, que garantiza la asistencia sanitaria en igualdad de condiciones a las otorgadas a los asegurados en Austria. Para más información, consulte los siguientes vínculos de Internet:
https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/232000
https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/Lanzadera/index.htm?URL=203
Vacunas:
Obligatorias no; sin embargo, Austria forma parte de la zona endémica de garrapatas, por lo que se recomienda, en caso de que vaya a viajar a zonas verdes, la vacunación contra la enfermedad viral de la encefalitis centroeuropea (FSME en alemán). Para más información, consulte la siguiente página web.
Régimen ordinario para miembros de la U.E.: existe la obligación de declarar los movimientos entrada y salida del territorio nacional de efectivo, cheques o de cualquier otro medio físico (incluidos los electrónicos) concebido para ser utilizado como medio de pago en los movimientos de entrada y salida del territorio nacional por importe igual o superior de a 10.000 € o su equivalente en moneda extranjera.
Para más información, pinche aquí.
Inscripción en el Registro de Matrícula Consular (RMC).
La inscripción en el RMC de la Embajada de España en Viena es obligatoria para todos aquellos españoles que vayan a residir permanentemente o de forma indefinida en Austria. A los que sólo vayan a residir temporalmente, se les recomienda igualmente que se registren en el RMC, aunque como no residentes. Para más información, consulte la pag web.
Drogas
Las penas por adquisición, posesión, fabricación, tráfico y consumo de estupefacientes, van de un mínimo de 6 meses a cadenas perpetuas y/o la multa correspondiente, según la cantidad y el tipo de delito.
Peajes en carretera (tarifas 2017)
En Austria, las autopistas y autovías son de peaje. Las motos, los coches y las caravanas ligeras con un peso total igual o inferior a 3,5 toneladas han de llevar un adhesivo obligatorio ("Vignette"). El importe de este adhesivo varía según el tipo de viaje y la duración del mismo. Para 2017 es el siguiente: diez días (coche 8,90€; moto 5,10€), dos meses (coche 25,90€; moto 13,00€) o anual (coche 86,40€; moto 34,40€), con validez hasta el 31 de enero de 2018. En caso de adquirirse un adhesivo de validez de diez días o de dos meses, será necesario que el mismo sea validado en el punto de venta, momento en el que comenzará a correr el plazo por el que se compró el adhesivo. Además, existen peajes especiales para poder circular por ciertas carreteras que cruzan los Alpes. Para más información, consulte esta página (in alemán e inglés)
Los camiones, autobuses y caravanas con un peso total superior a 3,5 toneladas han de llevar un transmisor ("GO-box") incorporado en el vehículo que va grabando electrónicamente el importe de cada peaje por tramo recorrido. Las tarifas se regulan en función de los kilómetros recorridos, la categoría del vehículo pesado (calculada sobre la base del número de ejes) y el nivel de dióxido de carbono emitido (A, B, C y D), además de otros criterios (conducción nocturna, tramos especiales...). Para consultar las tarifas, consulte esta página (en alemán e inglés).
Ruedas de invierno:
En Austria es obligatorio circular, desde el 1 de noviembre hasta el 15 de abril, con ruedas de invierno o con cadenas. Dicha obligación se aplica a todos los vehículos de cuatro ruedas, es decir, los coches, camiones y las caravanas ligeras con un peso total igual o inferior a 3,5 toneladas, siempre que las condiciones de la conducción lo requieran (nieve, hielo, etc.)
Animales de compañía:
Si va a viajar a Austria con algún animal doméstico de compañía, le recomendamos que consulte en la siguiente página Web o la página de aena
Prefijo País: 43
Teléfonos de interés:
• Teléfono de la Embajada de España : +43 (0) 1 505 57 88 (de lunes a jueves de 8.30-17.00 y viernes de 8.30 a 14.00)
• Teléfono de emergencia consular de la Embajada de España : +43 (0) 664 120 32 96 (sólo para fuera de horario de oficina)
• Emergencias (válido para toda la UE): 112
• Policía: 133
• Bomberos: 122
• Salvamento: 144
• Urgencias médicas: 141 (de 19.00 horas a 7.00 horas, salvo festivos, de 0 a 24 horas)
• Urgencias farmacológicas: 1455