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Documentación y visados

Pasaporte / DNI: Los nacionales del EEE pueden viajar con pasaporte o DNI.
Visados: No se requiere visado.

Vacunas obligatorias: No se exigen vacunas a personas de países europeos o personas que hayan permanecido 14 días en países europeos antes de su llegada a Noruega.

Recomendadas: Ninguna.

Sanidad

Las condiciones sanitarias son buenas. No hace falta tomar precauciones especiales. Se recomienda que antes de viajar se tramite ante la Seguridad Social española la Tarjeta Sanitaria Europea, lo que le permitirá recibir asistencia sanitaria de urgencia en las mismas condiciones que los residentes en Noruega.

En todo caso, se advierte que las personas que necesiten asistencia médica en Noruega estarán sujetas a un pago inicial por las consultas al igual que los nacionales noruegos y los residentes en Noruega. Los servicios de laboratorios y de radiografía están también sujetos a dicho pago.

La cantidad a pagar (franquicia) es una parte menor del valor total del servicio prestado. Se puede esperar pagar un mínimo de entre 20 y 30 euros por visita médica. Las medicinas se pagan en su totalidad.

Las personas que no tengan consigo la Tarjeta Sanitaria Europea, y usen los servicios públicos de medicina general, deberán adelantar la totalidad de los servicios prestados, siendo estos servicios de un costo muy elevado en Noruega.

Si se van a realizar deportes de aventura u otras actividades de riesgo, se recomienda la contratación de un seguro privado que incluya, entre otras cosas, cobertura por repatriación.

Divisas

La entrada y salida de divisas es libre hasta un máximo de 25.000 coronas noruegas (unos 2.620 euros) tanto en billetes como en monedas. Si supera esa cantidad, debe cumplimentarse un formulario al efecto en Aduanas. No hay límite para cheques de viaje.

TIPO DE CAMBIO: 1 Euro – 9,49 Coronas Noruegas (al 13.11.2017)

Otros

NORMAS DE CIRCULACIÓN:
Se recomienda respetar escrupulosamente las normas de circulación, señalización y límites de velocidad (muy bajos en Noruega: 50 km/h en ciudad, 70 y 80 km/h. en zonas interurbanas y 100 km/h. en autopista) por existir mecanismos de sanción muy estrictos. Las multas son muy elevadas, las más elevadas de Europa, por ejemplo: 6.500NOK si se excede en 25 Km/h el límite de 60 Km/h en zonas interurbanas; 5.200NOK por pasar semáforos en rojo; 5.200NOK por adelantamientos prohibidos. Es habitual la exigencia del pago in situ de la multa. Si en el momento de la imposición de la sanción el sancionado no firma la conformidad a la misma, el caso es referido a los tribunales. En el caso de impago de sanciones pecuniarias, son aplicables subsidiariamente penas privativas de libertad. La policía tiene derecho a retirar el carnet de conducir a los infractores en el momento y sin necesidad de autorización judicial.

Se recomienda extremar la precaución en la conducción durante los meses de invierno. Desde el 1 de noviembre hasta finales de abril es obligatorio circular con neumáticos de invierno. Los camiones están obligados a llevar un mínimo de 7 juegos de cadenas.

Es obligatorio el cinturón de seguridad en todo el vehículo y la conducción con luces de cruce 24h al día.
En casos graves de exceso de velocidad y consumo de alcohol también está prevista la retirada automática del permiso de conducir. Está estrictamente prohibida la conducción bajo los efectos del alcohol siendo el límite actual 0,2%. La infracción de esta prohibición tiene previstas fuertes sanciones pecuniarias, penas privativas de libertad y retirada de carnet según la gravedad.
La conducción bajo los efectos de medicamentos está también penalizada.

ADUANAS:
Para los residentes en Noruega existe un límite general en cuanto al valor económico para introducir cualquier producto: si se ha permanecido fuera de Noruega al menos 24h se pueden importar productos por un valor máximo de 6.000NOK, y si se ha permanecido fuera de Noruega menos de 24h, el valor máximo es de 3.000NOK. Este límite no se aplica a los turistas que viajan con sus efectos personales.

Alcohol y alimentos:
Existen fuertes restricciones para la importación de ciertos productos, entre ellos alcohol y tabaco, productos cárnicos y quesos. Los límites para los productos que contengan alcohol son los siguientes:

Bebida que contenga alcohol con un porcentaje de 22% a 60%, 1 litro
Bebida que contenga alcohol entre 2,5% y 22% (vino), 1,5 litros
Cerveza que contenga alcohol de más de 2,5%, 2 litros
Otras bebidas con porcentaje entre 2,5% y 4,7%, 2 litros

La cuota se puede cambiar, por ejemplo, 5 litros de cerveza en el caso de que no se importe otra clase de bebida alcohólica. También se puede cambiar la cuota de alcohol (1 litro) por una cuota de vino (1,5 litros) o, cambiar la cuota de vino (1,5 litros) por la misma cantidad de cuota en cerveza. Está prohibida la importación de bebidas con un contenido de alcohol superior al 60%.
Solo los mayores de 18 años pueden importar bebidas alcohólicas, y si el contenido alcohólico sobrepasa los 22º, es necesario ser mayor de 20 años. Los mayores de 18 años pueden introducir 200 cigarrillos o 250 gr. de otro tipo de tabaco así como 200 libritos de papel de fumar.

Se pueden introducir en el equipaje y solamente para el propio consumo, hasta 10Kgs de productos cárnicos, lácteos, huevos y otros productos animales, solamente si son procedentes de países del Espacio Económico Europeo. Este límite no se aplica para los piensos de perros y gatos.

Las cantidades arriba mencionadas pueden ser introducidas sin necesidad de declaración en la aduana (se puede pasar por la zona verde) pero para cantidades superiores deben declararse a través del paso por la zona roja. Si se incumple esta obligación (pasar por la zona roja en su caso), se pierde el derecho de introducir las cantidades arriba indicadas pudiendo las autoridades noruegas proceder a imponer sanciones y requisar dichos productos. Las reacciones frente a incumplimientos de las normas vigentes pueden ser muy estrictas.

Existen restricciones especiales para plantas, ciertos productos agrícolas, animales y combustible de vehículos a motor. Para más información consultar http://www.toll.no/en en inglés o la Embajada noruega en Madrid. Para la salida de divisas, antigüedades y determinadas especies animales y plantas se necesitan permisos especiales.

Animales domésticos:
Importación de perros, gatos y animales domésticos desde la Unión Europea a Noruega: todos los animales que entren en Noruega deben pasar por la zona roja de aduanas; deben estar identificados con un microchip o tatuaje legible; deben estar vacunados contra la rabia (STANDARD OMS) con arreglo a las normas del laboratorio correspondiente y como mínimo 21 días antes de la entrada en el país. Además, siguiendo normativa especial noruega, los animales deben haber sido tratados contra echinococcus entre 24 horas y 5 días antes de llegar a Noruega y debe repetirse el tratamiento a los 7 días de llegada a Noruega. Todo lo anterior debe figurar en el pasaporte azul de mascota expedido en la Unión Europea de acuerdo con la decisión de la Comisión 803/2003.

Controles de aduanas:
Cualquier persona puede ser sometida en cualquier momento a una inspección aduanera tanto en la zona roja como verde por un funcionario de Aduanas tanto en uniforme como sin uniforme, debiendo en este último caso identificarse documentalmente como tal. El funcionario puede solicitar a la persona objeto de control, que exhiba su documentación identificativa, billete de viaje y la apertura del equipaje, así como proceder a su inspección, realizar preguntas sobre las circunstancias del viaje, existiendo la obligación de contestar a todas las preguntas. Puede estimar necesario realizar registros personales, incluso sin ropas, en cuyo caso deberá tener lugar en un cubículo separado, y ser realizado por persona de mismo sexo y con debido respeto y consideración hacia integridad física. Las autoridades aduaneras pueden considerar suficiente un registro meramente visual pero si existen fuertes sospechas de contrabando pueden solicitar la intervención de la Policía para un examen corporal aún más exhaustivo que deberá ser realizado por personal sanitario.

Drogas:
El código penal noruego prevé que el que ilegalmente fabrique, importe, exporte, adquiera, guarde, envíe o transfiera cualquier sustancia que se considere como narcótico será castigado por tráfico de drogas con pena de prisión de hasta 2 años. El tráfico grave de drogas será castigado con la pena de prisión de hasta 10 años. Cuando se trata de una cantidad muy considerable, se impone una pena de prisión de entre 3 y 15 años. En circunstancias especialmente agravantes la pena de prisión puede llegar hasta 21 años. Por último, la complicidad y el tráfico por negligencia también están castigados, en este último caso, con una multa o pena de prisión de hasta 2 años.

Direcciones y Teléfonos de interés

Prefijo País: 47

SALUD

Ambulancias : 113 ó 22117080